La Ley 21.850 para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social fue publicada el sábado 17 de octubre en el Diario Oficial, según informó La Tercera. La norma establece la implementación escalonada de medidas tributarias, incentivos a la inversión y fondos para reconstruir zonas afectadas por incendios. El proyecto ingresó al Congreso el 22 de abril, fue despachado el 12 de agosto y completó su control ante el Tribunal Constitucional el 2 de octubre.
Desde el 1 de noviembre entrará en vigencia la ampliación en 400 mil millones de pesos del Fondo de Emergencia Transitorio por Incendios, que alcanzará un máximo de 1,2 billones de pesos e incorporará a Ñuble y Biobío como regiones beneficiarias, además de Valparaíso. También comenzará a regir la reducción de dos años a uno del plazo de invalidación administrativa y modificaciones para agilizar permisos ambientales, acuícolas y procedimientos ante el Consejo de Monumentos Nacionales. En materia tributaria, se incorpora un crédito para empresas que exporten servicios basados en el conocimiento, como software o consultoría, equivalente al 15% de determinadas remuneraciones, porcentaje que aumentará al 20% para operaciones fuera de la Región Metropolitana o en comunas rurales de la capital.
El 1 de diciembre comenzará la exención del IVA para la primera venta de determinadas viviendas nuevas, sin límites de valor ni superficie, siempre que cuenten con recepción definitiva anterior a la publicación de la ley. El beneficio tendrá una duración de un año. Ese mismo mes comenzará la ventana para acceder a una rebaja del 50% del impuesto a las donaciones, sujeta a requisitos patrimoniales y tributarios.
El 1 de enero de 2027 entrará en vigencia la exención del 100% de las contribuciones de la vivienda principal para personas de 65 años o más, siempre que cumplan las condiciones establecidas. Desde esa fecha también comenzará la reducción gradual del impuesto de primera categoría del 27% al 23%, entre los años comerciales 2026 y 2029. Para las pymes se mantiene la gradualidad especial vigente, que establece una tasa del 12,5% durante 2027. Además, la Tesorería General de la República podrá otorgar facilidades de pago a deudores del Crédito con Aval del Estado cuya garantía estatal haya sido ejecutada, mediante convenios que contemplan hasta 48 cuotas mensuales.
Qué significa para tu bolsillo: Si eres adulto mayor de 65 años y cumples los requisitos, desde enero de 2027 no pagarás contribuciones por tu casa. Si estás comprando una vivienda nueva con recepción definitiva anterior a octubre de 2025, entre diciembre de este año y diciembre de 2026 no pagarás el 19% de IVA. Si tienes deuda del CAE ejecutada por el Estado, podrás pedir hasta 48 cuotas para pagarla.

