-
Contraloría instruye investigación sumaria por infracción al Decreto Ley N° 799 sobre uso de vehículos estatales.
-
El chofer municipal registró 1,44 g/l de alcohol en la sangre, chocó un vehículo, intentó huir y fue retenido por civiles.
-
Irregularidades en el procedimiento policial de Carabineros, pérdida de trazabilidad del automóvil, reparaciones informales e intentos de ocultar el reporte sacuden al municipio.
Por Unidad de Investigación
Un duro revés institucional sacude a la Municipalidad de Arica tras la publicación del Informe Final de Investigación Especial N° 460-2026 de la Contraloría Regional de Arica y Parinacota, fechado el 11 de septiembre de 2026. El documento de 44 páginas —originado a raíz de denuncias presentadas por el concejal Maximiliano Manríquez Pérez y el ciudadano Nicolás Retamales Vergara— expone de forma detallada una seguidilla de graves faltas a la probidad, falta de control institucional, procedimientos policiales irregulares y maniobras para encubrir los daños a un bien fiscal.
El accidente: Licor, colisión y retención por civiles
Los hechos se remontan a la noche del 14 de mayo de 2026.El vehículo municipal marca Toyota, modelo New 4Runner LTD 4×4 (placa patente JFTV46), destinado de manera exclusiva al traslado del Alcalde de Arica, Orlando Vargas Pizarro, protagonizó una colisión en calle Barros Luco.
El automóvil era conducido por el funcionario auxiliar de la municipalidad, quien, tras finalizar el traslado del jefe comunal a su domicilio tras una actividad oficial a las 21:40 horas, debía dirigiéndose a resguardar el vehículo en las dependencias de la Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO). Sin embargo, interrumpió el trayecto por «motivos personales» en el sector Parque Las Torres. Según su propia declaración, se detuvo a saludar a un conocido y consumió alcohol (cerveza).
Minutos más tarde, colisionó a un automóvil estacionado en calle Barros Luco N° 2376.Según consigna el parte policial N° 1.810 de la Tercera Comisaría de Arica y testimonios recopilados, el conductor intentó huir hacia el norte por Capitán Ávalos, siendo perseguido e interceptado por testigos y civiles frente al Colegio Las Américas, quienes le quitaron las llaves y alertaron a Carabineros. La prueba de intoxilyzer arrojó un resultado de 1,44 gramos de alcohol por litro de sangre, confirmando el estado de ebriedad.
Pérdida de trazabilidad y custodias «fantasmas»
La investigación de la Contraloría destapó severas anomalías sobre lo ocurrido inmediatamente después del procedimiento policial:
-
Traslado irregular por Carabineros: El vehículo fue conducido desde el lugar del accidente hasta la Tercera Comisaría por personal policial, contraveniendo la Orden General N° 1.998 (Manual de Procedimientos Policiales). Carabineros abrió una investigación administrativa (N.C.U. N° 259705559) para determinar responsabilidades internas.
-
Entrega del vehículo a particulares: El conductor declaró ante la Contraloría que su pareja habría retirado el vehículo desde la comisaría en la mañana del 15 de mayo y lo habría trasladado a dependencias de DIDECO. No existe constancia ni registro formal de quién autorizó la entrega de las llaves, quién condujo el móvil, ni si dicha persona contaba con licencia vigente o autorización municipal.
-
Inconsistencias en los libros de control: El Libro de Control de Acceso y Salida de DIDECO no registra el ingreso del jeep la mañana del 15 de mayo. Por el contrario, figura que el vehículo ingresó recién el 17 de mayo a las 22:40 horas.
Reparación informal financiada por el propio conductor
Uno de los hallazgos más críticos se refiere al resguardo del patrimonio público. La municipalidad no realizó ninguna constatación técnica ni administrativa de los daños sufridos por el jeep oficial.
Según reconoció el municipio y el propio funcionario involucrado, la reparación del vehículo (cambio del foco delantero derecho) fue financiada con recursos particulares del propio conductor, quien afirmó haber comprado el repuesto por un valor aproximado de $250.000 y haber efectuado la reparación personalmente en los estacionamientos de la DIDECO.
No existe boleta, factura, cotización, ni informe de recepción conforme.La Contraloría determinó que, aun cuando el funcionario costeara el arreglo, el municipio vulneró su obligación legal de controlar, supervisar, verificar técnicamente los daños y autorizar de forma formal cualquier intervención en los bienes municipales.
«La jefatura dijo que no hiciéramos nada»: La orden de silenciar el hecho
El informe expone graves inconsistencias en las actuaciones de la Dirección de Seguridad Municipal:
-
La Coordinadora de Patrullaje Preventivo reconoció que decidió omitir el reporte del incidente en el grupo institucional de WhatsApp por tratarse de un hecho «delicado».
-
Por su parte, una monitora de patrullaje declaró explícitamente ante los auditores de la Contraloría que no se elaboró minuta ni registro alguno porque «la jefatura dijo que no hiciéramos nada».
-
La Contraloría remarcó que la omisión de registros e informes institucionales vulnera el principio de probidad administrativa consagrado en el artículo 52 de la Ley N° 18.575.
Deficiencias estructurales en el control interno y desidia sumarial
El organismo de control fiscalizador identificó múltiples irregularidades de gestión:
-
Bitácoras vehiculares inservibles: Los registros del vehículo mostraban anotaciones genéricas como «Según agenda Alcalde» sin indicar origen, destino, ni contar con la visación de la jefatura. Se hallaron inconsistencias horarias de hasta casi dos horas con los libros de guardia.
-
Falta de decreto de aparcamiento: No existe un acto administrativo que determine legalmente dónde debe guardarse el vehículo asignado al Alcalde.
-
Protocolos sin vigencia legal: El «Protocolo de Operación Departamento de Seguridad V4.0» se aplicaba de facto desde 2025 sin haber sido formalizado mediante decreto alcaldicio.
-
Dilación sumarial: La municipalidad instruyó la investigación sumaria (Decreto Alcaldicio N° 6.266) el 20 de mayo de 2026, pero al mes de agosto el proceso continuaba estancado en etapa indagatoria, superando excesivamente el plazo legal de 5 días establecido en el Estatuto Administrativo Municipal.
Dictamen de Contraloría y acciones inmediatas
Frente a la gravedad de los hechos, el Contralor Regional (S), Esteban Gálvez Arriaza, y el Jefe de la Unidad de Control Externo, José Hernán Soto Vera, dictaminaron las siguientes medidas:
-
Investigación Sumaria por Contraloría: La Contraloría Regional asumirá directamente la instrucción de un sumario administrativo por infracciones al Decreto Ley N° 799 de 1974 (uso indebido de vehículos estatales) para determinar la responsabilidad de los involucrados.
-
Aumento de cargos en el sumario municipal: Ordena a la Municipalidad de Arica incorporar las omisiones sobre la reparación del móvil y la falta de respaldo documental al sumario interno en un plazo de 15 días hábiles.
-
Plazos estrictos de regularización: Otorga un plazo de 60 días hábiles al municipio para dictar el decreto que fije el lugar de aparcamiento oficial, formalizar los protocolos de seguridad con procedimientos para accidentes y conducción bajo el efecto del alcohol, y corregir de manera íntegra los controles de bitácoras vehiculares.

