El 13° Juzgado de Garantía de Santiago emitirá este martes 28 de enero su resolución sobre la prescripción de los delitos de apropiación indebida y declaración indebida de impuestos imputados a Sergio Jadue, exdirigente de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP). La defensa del imputado sostiene que han transcurrido más de diez años desde la presunta comisión de los hechos, por lo que correspondería declarar la prescripción.

La Fiscalía y el Servicio de Impuestos Internos se oponen a esta tesis. Ambos organismos argumentan que el plazo de prescripción debe contarse desde el 26 de enero de 2017, fecha en que se formalizó en ausencia a Jadue para solicitar su extradición desde Estados Unidos, lo que situaría el cumplimiento del plazo en enero de 2027.

Juan Carlos Manríquez, experto en derecho penal, señaló que el artículo 95 del Código Penal no exige que una persona sea declarada rebelde para comenzar a contar el tiempo de prescripción de la acción penal. Según su análisis, si los delitos imputados no superan los cinco años de pena, los diez años de prescripción se habrían cumplido en julio de 2026. Agustín Walker, académico de la Universidad Diego Portales, coincidió en que el artículo 95 establece que la prescripción se cuenta desde la comisión del delito, y que si se trata de simples delitos con penas inferiores a cinco años, las acciones penales estarían prescritas.

Jadue reside en Estados Unidos desde hace una década. Según registros judiciales de ese país, admitió haber recibido sobornos y pagos relacionados con derechos de transmisión de torneos internacionales de fútbol. Su sentencia en Estados Unidos ha sido postergada en 16 ocasiones, la última en octubre de 2023.