El Tribunal Constitucional (TC) aceptó este martes revisar la constitucionalidad del artículo 31 de la reforma, que obliga a las empresas de agua potable, electricidad y gas a reconectar sin cobro los servicios en zonas afectadas por los incendios de Valparaíso, Ñuble y Biobío. La norma incluye casos en que el suministro estaba cortado por falta de pago antes del siniestro.
El gobierno del Presidente José Antonio Kast presentó un requerimiento argumentando que ese artículo no tiene relación directa con las materias centrales del proyecto de ley. Según el Ejecutivo, la disposición infringe el artículo 69 de la Constitución, que establece que durante la tramitación de una ley solo pueden agregarse normas vinculadas a las ideas principales del proyecto original.
La admisión a trámite no significa que el TC haya declarado inconstitucional la norma. El tribunal determinó que el requerimiento cumple los requisitos formales para ser analizado. Ahora el Senado y la Cámara de Diputadas y Diputados tienen cinco días para presentar observaciones y antecedentes, antes de que el TC resuelva el fondo del asunto.
Qué significa para tu bolsillo: Si el TC declara inconstitucional la norma, las empresas de servicios básicos podrían cobrar por reconectar la luz, el agua o el gas en zonas afectadas por incendios, incluso si el corte era anterior por deudas. Si la norma se mantiene, esas reconexiones serían sin cobro para los damnificados. El efecto concreto dependerá del fallo final del tribunal.
La semana pasada el Senado aprobó los tres vetos supresivos presentados por el Ejecutivo y la reforma terminó su tramitación en el Congreso. Fuente: La Tercera.

