La Ley 21.850 para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social fue publicada el sábado 17 de octubre en el Diario Oficial, según informó La Tercera. El texto reúne cambios tributarios, incentivos a la inversión y recursos para financiar la reconstrucción de zonas afectadas por incendios forestales. Las primeras disposiciones comenzarán a regir el 1 de noviembre, mientras otras entrarán en vigencia en diciembre, enero de 2027 o según plazos específicos.
Entre las medidas que rigen desde noviembre destaca la ampliación en 400 mil millones de pesos del Fondo de Emergencia Transitorio por Incendios, que alcanzará un máximo de 1,2 billones de pesos. El fondo incorpora a las regiones de Ñuble y Biobío como beneficiarias, además de Valparaíso. También comenzará a aplicarse un crédito tributario para empresas que exporten servicios basados en el conocimiento, equivalente al 15% de ciertas remuneraciones, porcentaje que sube al 20% para operaciones fuera de la Región Metropolitana o en comunas rurales de la capital.
Desde el 1 de diciembre entrará en vigencia la exención del IVA (el impuesto al valor agregado, que hoy es del 19%) para la primera venta de viviendas nuevas que cuenten con recepción definitiva anterior a la publicación de la ley. El beneficio no tiene límites de valor ni superficie y durará un año. Ese mismo mes comenzará la ventana para acceder a una reducción del 50% del impuesto a las donaciones, sujeta a requisitos patrimoniales y tributarios.
A partir del 1 de enero de 2027 entrará en vigencia la exención del 100% de las contribuciones (el impuesto que se paga por ser propietario de una vivienda) de la vivienda principal para personas de 65 años o más que cumplan las condiciones establecidas. Desde esa fecha también comenzará a aplicarse la reducción del impuesto de primera categoría (el que pagan las empresas sobre sus utilidades) del 27% al 23%, entre los años comerciales 2026 y 2029. Para las pymes se mantiene una tasa del 12,5% durante 2027.
Qué significa para tu bolsillo: Si eres adulto mayor de 65 años y cumples los requisitos, desde enero de 2027 no pagarás contribuciones por tu casa. Si compras una vivienda nueva con recepción definitiva antes de octubre de 2025, entre diciembre de este año y noviembre de 2026 no pagarás el IVA de esa compra. Si tienes deuda del Crédito con Aval del Estado (CAE) ejecutada, la Tesorería podrá darte facilidades de pago en hasta 48 cuotas mensuales.

