El proyecto de reforma constitucional en materia de seguridad pública presentado por el Ejecutivo incorpora modificaciones que van más allá del estado de excepción que ha concentrado el debate público. La iniciativa, identificada con el Boletín 18597-07, propone cambios en el tratamiento de la criminalidad organizada y el terrorismo, según informó BioBio.
Entre las medidas figura la incorporación de la seguridad pública como deber del Estado en el artículo 1° de la Constitución. El proyecto también faculta a Gendarmería de Chile para aplicar regímenes penitenciarios diferenciados a condenados por crimen organizado y terrorismo, con restricciones en comunicaciones, visitas, traslados y beneficios carcelarios.
La reforma establece inhabilitaciones para quienes sean condenados por delitos de crimen organizado: inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, inhabilitación por 15 años para acceder a penas sustitutivas y beneficios penitenciarios, y por igual período para recibir prestaciones estatales en salud, educación, trabajo y seguridad social. Quienes ya reciban estos beneficios los perderían tras la condena.
El texto propone la creación de un registro de organizaciones criminales, cuya inclusión tendrá efectos en la determinación de responsabilidad penal de sus miembros. La declaración de una agrupación como organización terrorista o de crimen organizado quedará en manos del Presidente de la República, previo informe del Ministerio Público o del Consejo de Seguridad Nacional, y requerirá aprobación del Senado por dos tercios de sus miembros en ejercicio, con pronunciamiento en un plazo de cinco días en sesión secreta.
La iniciativa lleva las firmas del presidente José Antonio Kast y los ministros Claudio Alvarado (Interior), Fernando Barros (Defensa), Martín Arrau (Seguridad Pública) y José García Ruminot (Secretaría General de la Presidencia). El Gobierno retiró la urgencia legislativa del proyecto tras críticas desde la oposición y sectores oficialistas, según la misma fuente.

