l Gobierno del Presidente José Antonio Kast ingresó este lunes formalmente al Senado un proyecto de reforma constitucional en materia de seguridad pública, el cual fue presentado con suma urgencia para acelerar su tramitación legislativa. La iniciativa busca dotar al Estado de nuevas y más estrictas herramientas jurídicas para enfrentar el avance del crimen organizado, el narcotráfico y situaciones graves de alteración al orden público.
El paquete legislativo contempla un total deocho modificaciones centrales a la Constitución:
1. Las 8 medidas de la reforma de seguridad
-
1.Seguridad pública como deber del Estado: Se explicita formalmente en la Carta Fundamental que el deber estatal de resguardar la seguridad nacional comprende también, de forma directa, la seguridad pública, clarificando así su alcance y facilitando su exigibilidad jurídica.
-
2.Nuevas herramientas contra el crimen organizado (Artículo 9° bis): Se crea un nuevo articulado constitucional para reconocer la protección especial de la seguridad pública frente a estructuras criminales. Esto incluye regímenes penitenciarios diferenciados, restricciones severas a comunicaciones, visitas y traslados de líderes criminales para impedir que operen desde las cárceles, además de inhabilidades perpetuas para ejercer cargos públicos y limitaciones a penas sustitutivas.
-
3. Registro de organizaciones criminales: Se habilita por ley la creación de registros oficiales de organizaciones criminales. Su inscripción incidirá en la determinación de la responsabilidad penal de sus integrantes, cautelando que el Ministerio Público mantenga la obligación de probar la participación individual de cada imputado.
-
4.Facultad presidencial para declarar organizaciones criminales o terroristas: Se otorga al Presidente de la República la atribución de declarar formalmente que una agrupación constituye una organización terrorista o de crimen organizado, requiriendo un informe fundado previo del Ministerio Público o del Consejo de Seguridad Nacional.
-
5.Incorporación de la amenaza grave a la seguridad pública: Se amplían las causales constitucionales para la dictación de medidas excepcionales, considerando no solo la tradicional “calamidad pública”, sino también escenarios de amenaza grave e inminente o afectación profunda a la seguridad pública.
-
6.Creación del Estado de Excepción de Seguridad Pública: El proyecto instituye un nuevo estado de excepción constitucional que el Mandatario podrá declarar ante amenazas graves o afectaciones severas a la seguridad pública. Tendrá una duración inicial máxima de 120 días prorrogables, quedando las zonas afectadas bajo la coordinación operativa designada y con el auxilio posible de las Fuerzas Armadas y las policías.
-
7.Nuevas atribuciones durante la excepción: Bajo este nuevo estado constitucional, el Ejecutivo quedará facultado para restringir o suspender la libertad personal, el derecho de locomoción, de reunión y de asociación, así como ordenar interceptaciones de comunicaciones y requisiciones de bienes.
-
8.Rol supervisor del Senado: Se estipula que la declaración presidencial para calificar a una agrupación como terrorista o de crimen organizado deberá ser aprobada o rechazada por el Senado en sesión secreta, exigiendo un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio.

